El Euribor y los índices de referencia
 

El Euribor y los índices de referencia

En las hipotecas contratadas a interés variable, que recordemos suelen tener plazos de entre 20 a 30 años, las entidades calcularán los intereses con respecto a un índice de referencia que varía con la evolución del precio oficial del dinero. La elección del índice se pacta y el tipo de interés que pagamos, que tiene como referencia ese índice, se modifica cada periodo de tiempo acordado, ej. semestralmente, anualmente…

Por lo tanto, los índices de referencia son unos porcentajes que se utilizan para actualizar el tipo de interés que se paga en las hipotecas a interés variable. Tienen carácter oficial y los elabora y publica mensualmente el Banco de España. Los más utilizados son Euribor, CECA e IRPH.

El Euribor

El Euribor es el tipo al que las entidades financieras se prestan entre sí en el mercado interbancario del Euro. Sustituyó al antiguo MIBOR, que todavía se sirve para las hipotecas firmadas antes del 1 de enero de 2000. En realidad, el Euribor se define como la media aritmética mensual simple de los valores diarios, del tipo publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año calculado a partir del ofertado por un conjunto de los bancos más activos y de similar calificación en la zona euro.

La mayoría de las hipotecas a interés variable se revisan con el Euribor.

CECA

Es una media ponderada de los tipos aplicados por las cajas de ahorros tanto a los préstamos hipotecarios como a los préstamos personales.

IRPH

Existen 3 tipos de IRPH (Índice de Referencia de Prestamos Hipotecarios). El de los bancos, el de las cajas y el del conjunto de las entidades financieras. Es una media de los tipos de interés a los que las entidades están concediendo los préstamos hipotecarios en ese momento, en el conjunto de bancos, cajas o el total de entidades financieras.

Por lo tanto, los índices de referencia sirven para que cuando se revise el interés del préstamo éste quede ajustado a los precios del mercado ya que, como hemos visto, éstos no son más que la media de los tipos de interés a los que se está prestando el dinero.

Recuerde que al índice de referencia elegido se le aplica el llamado ‘diferencial’. Las entidades hacen esto debido a que prestar a un particular tiene mayor riesgo de impago que prestar a otro banco y, para compensar ese riesgo, la entidad nos va a cobrar un precio más alto.

Como ya hemos comentado, el interés que estamos pagando se modifica cada cierto de tiempo, según lo acordado previamente, ej. semestralmente, anualmente. A partir de ese momento y hasta la nueva revisión, el tipo de interés del préstamo será el resultado de añadir el diferencial al último índice de referencia disponible que, normalmente, corresponde al mes pasado o el inmediatamente anterior. Por ejemplo:

Si hemos pactado el Euribor + el 0.75% (el diferencial), a revisar cada 12 meses, y el Euribor en el momento de la revisión está al 2.25%, entonces el 3% es lo que pagaremos de intereses por los próximos 12 meses, hasta la siguiente revisión.

 

 
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